«hogar de niños sin amparo familiar», no «filial»

Hogar de niños sin amparo familiar, y no hogar de niños sin amparo filial, es la construcción adecuada para referirse a cada uno de los centros asistenciales encargados de proteger a los menores huérfanos, abandonados, con padres reclusos, siquiátricos o alcohólicos.

Sin embargo, en los medios de comunicación de Cuba es posible encontrar ejemplos como los siguientes:

  • «La iniciativa Puentes de Amor llegó al hogar de niños sin amparo filial de Matanzas».
  • «Estudiantes de Medicina recogen donaciones para niños sin amparo filial y pacientes oncológicos».
  • «Prioriza Cuba atención a menores sin amparo filial».

De acuerdo con el diccionario académico, filial significa ‘perteneciente o relativo al hijo’. Por tanto, es impropio usar el adjetivo filial en este caso. Se trata de un «contrasentido porque amparo filial es amparo de los hijos, y aparentemente en esta expresión los hijos no son lo que amparan, sino que son los amparados», como señala la Fundación del Español Urgente.

Basándose en lo anterior, lo más apropiado es el empleo de familiar, que alude a lo ‘perteneciente o relativo a la familia’, pese a que también es igualmente válido el uso de parental, adjetivo que significa ‘perteneciente o relativo a los padres o a los parientes’.

En este sentido, conviene recordar que el Decreto Ley No. 76 «De la adopción, los hogares de menores y las familias sustitutas», del 20 de enero de 1984, la denominación que usa es sin amparo familiar: «Se crea la red nacional de centros de asistencia social, donde alojar y atender menores de edad sin amparo familiar» (artículo 1).

Pese a que algunos autores han señalado que resulta más apropiado el empleo de la preposición para, como se observa en hogar para niños sin amparo familiar, el uso asentado y, por tanto, recomendable es con de (‘denota posesión o pertenencia’), similar a expresiones como hogar de ancianos, documentada como cubanismo en el Diccionario de americanismos.

Aunque en algunas de las últimas normativas publicadas en la Gaceta Oficial se usan, más por corrección política que lingüística, expresiones como hogares de niñas, niños y adolescentes sin amparo familiar, conviene recordar que en español el empleo genérico de niños es válido para referirse, sin distinción de sexos, a quienes están todavía en la primera etapa de su desarrollo o niñez.

Así pues, en los ejemplos iniciales lo adecuado habría sido redactar las informaciones como se muestra a continuación:

  • «La iniciativa Puentes de Amor llegó al hogar de niños sin amparo familiar de Matanzas».
  • «Estudiantes de Medicina recogen donaciones para niños sin amparo familiar y pacientes oncológicos».
  • «Prioriza Cuba atención a menores sin amparo familiar».
Una primera versión se publicó el 25 de septiembre de 2021. 
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